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Internacionaliza tu negocio sin preocuparte por el IVA

Red de expertos

En este post Elsa Schroth Ruesga, Country Manager de Taxdoo, nos explica de forma sencilla cuáles son las obligaciones fiscales que se dan en el e-commerce y cómo podemos afrontarlas para que estas no sean un inconveniente en el proceso de internacionalización de tu negocio.

Red de Expertos-Taxdoo

El cumplimiento del IVA en la Unión Europea es uno de los temas que más preocupa y genera dificultades al vender internacionalmente, puesto que puede suponer un riesgo si no se hace correctamente. El tema fiscal suele generar mucha incertidumbre y puede ser en ocasiones un motivo por el cual no nos decidimos a dar el siguiente paso.

 

 El e-commerce ha crecido de forma imparable en los últimos años, por lo que es un vehículo atractivo para atrevernos a internacionalizar nuestra empresa. Por lo tanto, es relevante conocer qué aspectos debemos tener en cuenta.

 

En cuanto se empieza a vender en el extranjero, surgen muchas preguntas sobre el IVA. Por ejemplo: ¿Tengo que registrarme en el extranjero? ¿Qué son el OSS e IOSS? ¿Dónde se debe pagar el IVA? ¿Cómo se abordan los tipos impositivos en el extranjero? ¿Qué ocurre si utilizo almacenes en otros países?

Con las nuevas regulaciones y la digitalización de los procesos, aparece cada vez más control por parte de las autoridades tributarias. Esto también crea mayor riesgo de sanciones en caso de incumplimiento.

A continuación, te explicamos de forma sencilla cuáles son las obligaciones fiscales que se dan en el e-commerce y cómo podemos afrontarlas para que estas no sean un inconveniente en el proceso de internacionalización de tu negocio.

 

¿Qué debes tener en cuenta?

 

  1. Entregas intracomunitarias

Una de las obligaciones fiscales que se dan en el e-commerce son las entregas intracomunitarias de bienes.

 

Este tipo de transacción es muy común en programas logísticos como puede ser el de Amazon FBA o el Zalando Fulfillment Solutions, a través de los cuales la mercancía es enviada desde nuestro almacén en España a otros almacenes distribuidos por la Unión Europea.

 

En estos casos, existen dos aspectos que deben ser declarados:

  1. En primer lugar, la entrega intracomunitaria, la cual deberá ser declarada en el país de origen.
  1. Por otro lado, la adquisición intracomunitaria que se da en el país de destino, que deberá ser declarada en el país donde se encuentre el almacén al que se trasladen los bienes.

 

Es decir, si formamos parte de algunos de estos programas y nuestra mercancía es enviada a un almacén ubicado en otro país de la Unión Europea, se nos genera una obligación fiscal en ese país. Como consecuencia, debemos registrarnos fiscalmente y presentar las declaraciones que correspondan en dicho país.  

 

Internacionaliza tu negocio sin preocuparte por el IVA. Imagen

 

  1. Umbrales de entrega

Otras obligaciones fiscales se pueden originar gracias a los umbrales de entrega.

A partir del 1 de julio de 2021 entró en vigor un nuevo régimen fiscal para las ventas intracomunitarias, conocidas como ventas a distancia, y se introdujo el régimen especial de la ventanilla única. Los umbrales de entrega nacionales se suprimieron y desde entonces, pasó a haber un umbral de entrega único, para todos los países de la Unión Europea, por un valor de 10.000 euros. Lo que en la práctica quiere decir esto, es que si superamos ese umbral de entrega común de 10.000 euros, tendríamos una obligación fiscal en todos los países a los que realicemos una venta a distancia. Es decir, tendríamos que registrarnos fiscalmente, presentar las declaraciones y pagar el IVA correspondiente en todos esos países.

 

La figura de la ventanilla única juega un rol muy importante para simplificar todo esto.

 

  1. ¿Qué es la ventanilla única y cómo funciona?

A partir de la entrada en vigor de la nueva regulación -1 de julio de 2021-, se introdujo la ventanilla única, o también conocida como el "One-Stop-Shop (OSS)”.

 

Cómo funciona exactamente el OSS:

 

● Registro: Agencia Tributaria Española.

● Declaraciones trimestrales en el país de residencia, a presentarse antes que finalice el mes siguiente al del final de cada periodo.

● El uso de la ventanilla única es opcional.

● Plazo de pago: 1 mes tras final del periodo de notificación.

● Debe tratarse de una venta intracomunitaria a distancia a un consumidor final (B2C) o de la prestación de un servicio a un cliente final, ubicado en otro país de la Unión Europea.

● Transacciones domésticas e intracomunitarias B2B, así como las entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes en almacenes, NO deben reportarse a través de la ventanilla única.

● Las autoridades fiscales distribuirán las declaraciones y el IVA recaudado a los respectivos países de la UE, según les corresponda.

 

En conclusión, el cumplimiento fiscal en materia del IVA puede resolverse de forma sencilla y centralizada.

 

Autor: Elsa Schroth Ruesga - Country Manager Taxdoo. Se pueden agendar reuniones gratuitas en https://www.taxdoo.com/es/demo/

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