Tras la publicación el pasado lunes 24 de febrero de la nueva Ley en el Diario Oficial de la República de Chile, el Gobierno presentó la reforma tributaria en una ceremonia celebrada en La Moneda. El nuevo sistema impositivo comenzará con la publicación de diversas circulares, resoluciones y decretos para ejecutar los principales cambios en Hacienda, el Servicio de Impuestos Internos (SII), la Tesorería General de la República y el Servicio Nacional de Aduanas.
Entre otros puntos clave de la reforma del sistema tributario, Hacienda y sus servicios dependientes priorizarán la aplicación del IVA (19%) a algunas plataformas digitales. Está previsto que este cobro comience a realizarse a partir de junio del año 2020. Los sujetos pasivos de la disposición son las aplicaciones extranjeras no residentes en Chile y utilizadas por personas físicas; como por ejemplo Netflix, HBO o Airbnb.
De acuerdo con CNN Chile, la normativa indica que se cobrará por el suministro o entrega de contenido de entretenimiento digital, tal como vídeos, música, juegos y otros análogos, a través de descarga, streaming u otra tecnología, incluyendo para estos efectos, textos, revistas, diarios y libros.
La nueva ley también incluye el cobro de IVA por otros servicios de software, almacenamiento de datos y servicios publicitarios, siempre y cuando sean ofrecidos desde el extranjero. No obstante, esta norma no afectará a plataformas digitales de transporte como Uber, Cabify y Didi, ya que en Chile el transporte está exento de este tributo.
El SII establecerá mediante circular el procedimiento de inscripción de estas empresas en una plataforma especial para declarar el IVA y practicar retenciones.
Según PwC, Chile será el tercer país con mayor tasa de impuesto digital con la aprobación de esta ley. El ránking lo lidera Uruguay, con un 22%, y es seguido por Argentina con un 21%, Colombia y Chile compartirán el tercer puesto con un 19%. Costa Rica y Paraguay valoran introducir medidas similares.