La importación por correo o transporte exprés de calzado, juguetes y artículos de cuero declarados mediante el sistema de “declaración simplificada” queda ahora restringida, tras detectar niveles elevados de sustancias peligrosas en muestras comercializadas por plataformas de e-commerce.
¿Qué dice la medida?
La decisión, comunicada por el Ministerio de Comercio en una circular que entró en vigor el 20 de octubre de 2025 (Circular nº 2025/11), restringe la llegada al país de estos tres grupos de producto cuando se trate de envíos a través de servicios postales o de paquetería exprés bajo el régimen simplificado. La medida responde al resultado de inspecciones y análisis de laboratorio en los que, según el Ministerio, 148 de 182 productos examinados no cumplían los criterios de seguridad, con un 81 % de no conformidad en los productos examinados, y se hallaron ftalatos, plomo, cadmio y PAHs por encima de los límites legales.
Antecedentes regulatorios: controles por riesgo y requisitos químicos
Esta medida no surge de la nada: en 2025 Turquía ya reforzó el control de importaciones en el marco de su sistema de inspección basado en riesgo (TAREKS) y publicó comunicaciones específicas sobre la inspección de juguetes y otros bienes de consumo. Además, la regulación química KKDIK (equivalente local de REACH) y otras normas sectoriales han ido ampliando las pruebas obligatorias (ensayos químicos y mecánicos) y el etiquetado para calzado, cuero y textiles. Estos cambios regulatorios han venido acompañados por una reducción del umbral de valor exento para envíos B2C y otras restricciones durante 2025.
¿Qué impacto tendrá en importadores, vendedores online y consumidores?
- Envíos retenidos o rechazados: los paquetes enviados por particulares o comercios desde el extranjero bajo la modalidad simplificada pueden ser retenidos, sometidos a inspecciones o devueltos al remitente si se consideran de “alto riesgo”.
- Mayor documentación y coste para importadores: las empresas que quieran seguir trayendo estos productos deberán optar por regímenes de importación formales (con despacho aduanero completo), aportar certificados de conformidad y, en muchos casos, análisis de laboratorio que acrediten el cumplimiento de límites químicos.
- E-commerce y marketplaces: los vendedores que operan con envíos directos a consumidores turcos deben revisar sus cadenas logísticas y protocolos de control de calidad para evitar sanciones, incidencias logísticas y pérdida de reputación.
¿Cómo prepararse? Recomendaciones prácticas
- Revisar la clasificación arancelaria (HS code) de los productos enviado a Turquía y comprobar si aparecen en las listas de productos sujetos a inspección.
- Solicitar certificados de conformidad y pruebas de laboratorio sobre ftalatos, metales pesados (plomo, cadmio), PAHs y otras sustancias restringidas antes del envío.
- Evitar la modalidad de “declaración simplificada” para estos grupos si la mercancía puede ser considerada de riesgo.
- Consultar asesoría local (agente aduanero o consultora regulatoria) para entender requisitos de etiquetado (incluida la obligación de declarar componentes de origen animal en calzado y complementos) y cambios recientes en aranceles/impuestos.
La ofensiva regulatoria turca sobre envíos pequeños responde a una doble preocupación: proteger la salud pública ante la proliferación de productos importados no conformes y cerrar vías que se consideraban un “canal de riesgo” para entrar en el mercado sin controles suficientes. Para exportadores y plataformas internacionales supone un empujón hacia un mayor rigor en el control de calidad y documentación previa a la exportación; para consumidores, un posible efecto inmediato en forma de demoras o costes adicionales en compras transfronterizas.
Fuentes: Circular nº 2025/11