Hasta ahora, los negocios isleños que se lanzaban al comercio electrónico con los Estados miembros de la Unión Europea (UE) tenían que contratar a una firma que los representara en el territorio comunitario y se encargara de los trámites
relacionados con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), un tributo que no se aplica en el Archipiélago pero sí en el resto de la UE.
Y esto les suponía un coste extra del que ya no tienen que preocuparse. Al menos no en los envíos de hasta 150 euros, un límite que no se sobrepasa en la mayoría de las transacciones que se cierran online.
Hay que recordar que Canarias cuenta con su propio Régimen Económico y Fiscal (REF), un régimen amparado por las autoridades de la UE y en virtud del cual se aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en lugar del IVA.
De hecho, el IGIC es una especie de hermano pequeño del IVA, ya que grava el mismo hecho imponible –las entregas de bienes y prestaciones de servicios de los empresarios y profesionales– pero a porcentajes más bajos. Mientras que el tipo general del IVA es el 21% y el tipo general del IGIC, el 7%.
Los envíos del Archipiélago a la Península y países de la Unión Europea, y viceversa, tienen que pasar por la aduana, ya que a efectos del IVA, Canarias es una suerte de tercer país, esto es, un país que se rige por otra legislación impositiva. Esto explica por qué los empresarios de la región han tenido que contratar a un representante dentro de la UE –por lo general en la península– que se encargase de gestionar los trámites del IVA para el mercado europeo.
Las Canarias– sufrían un coste extra por acceder al mercado comunitario. Esto es lo que ahora ha cambiado. En adelante, de acuerdo con la Ley 13/2023 del pasado 24 de mayo, los negocios de las Islas ya pueden acogerse al sistema simplificado para liquidar el IVA de los envíos de hasta 150 euros. Es decir, que podrán exportar a la Península y al resto de la UE y luego hacer la correspondiente declaración mensual o trimestral del IVA en las dependencias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el Archipiélago.
Y todo ello sin que ni el REF ni las particularidades fiscales de la región se vean en entredicho. La inclusión en la susodicha ley del régimen simplificado para los envíos desde las Islas se logró gracias al trabajo conjunto de la Zona Especial Canaria (ZEC) y el Ministerio de Hacienda, por un lado, y del ICEX y el Ministerio de Industria, por otro.